25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

Fuente: ElDerecho.com

Origen del día internacional para la eliminación de la violencia de género

El 25 de noviembre es el día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer de manera oficial desde el año 2000, cuando la ONU aprobó una Resolución que designaba esta fecha como el Día internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

Este año 2020, debido a la crisis sanitaria del Covid-19 y a las medidas de confinamiento, ha supuesto un especial impacto en las mujeres víctimas de violencia de género, colectivo especialmente vulnerable en situaciones de aislamiento domiciliario, por verse forzadas a convivir con su agresor. No obstante, también ha habido una serie de novedades legislativas y jurisprudenciales que avanzan en el camino de eliminar esta lacra social.

Normativa publicada durante 2020

El 1 de abril se publicó el Real Decreto-ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, que adoptó una serie de medidas destinadas al mantenimiento y adaptación de los servicios de asistencia integral y protección. Esta norma declaró esenciales durante todo el confinamiento los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas, telefónica y en línea, así como de los servicios de teleasistencia y asistencia social integral a las víctimas de violencia de género. También lo serán los Servicios de acogida a víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres.

También promovía campañas de concienciación para prevenir el impacto que el aislamiento domiciliario pueda tener en el incremento de casos de violencia de género y facilitar el acceso de las víctimas a los servicios de asistencia social integral.

En este sentido, también Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, por el que se actualizan las cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de las transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de género. Este Pacto de Estado incluye medidas para que la administración local pueda llevar a cabo actuaciones dirigidas a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, así como contra la violencia que se ejerce sobre las mujeres, al tratarse de la administración más cercana a la ciudadanía y, por tanto, a las víctimas de esta violencia.

Novedades jurisprudenciales

Reciente, el TS, en su sentencia de 14 de octubre de 2020, ha reconocido el derecho a la pensión de viudedad establecida para las parejas de hecho a una mujer que cumplía todos los requisitos exigidos, salvo el de convivencia, al haber cesado a causa de la violencia de género. El Tribunal ha efectuado una interpretación de la LGSS con perspectiva de género, pues no es razonable exigir el requisito de convivencia entre los miembros de la pareja cuando concurre violencia de género, donde la protección de la mujer lo que exige, precisamente, es el cese de esa convivencia.

También mencionaremos la sentencia de 20 de diciembre de 2019 en la que el TS considera un delito de quebrantamiento de condena el hacer “llamadas perdidas” a una víctima de violencia de género por quien tiene prohibida la comunicación. Entiende el Tribunal que, aunque no fuera atendida por ésta, consuma dicho delito, pues se perturban de su tranquilidad y la amenaza a su seguridad es apreciable desde el momento en que es consciente de la existencia de la llamada.