Perros Potencialmente Peligrosos

REQUISITOS PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS EN EL MUNICIPIO DE MULA

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(Extracto de la Ordenanza municipal reguladora de animales potencialmente peligrosos en el municipio de Mula –BORM nº 76, de 05.04.2005-)

   La tenencia de animales potencialmente peligrosos por personas que tengan un domicilio en Mula, requerirá la previa obtención de Licencia Municipal.

   La solicitud de Licencia se presentará La solicitud de licencia se presentará por el interesado en el Registro General del Ayuntamiento con carácter previo a la adquisición, posesión o custodia del animal.

   Junto a la solicitud, deberá presentar la siguiente documentación, en original o copia autentificada:

  • DNI /Pasaporte / NIE del interesado.
  • Declaración responsable ante notario, autoridad judicial o administrativa de no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal, así como de no haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia de animales.
  • Certificado de capacitación expedido u homologado por la Administración Autonómica, en el caso de adiestradores.
  • Localización de los locales o viviendas que habrán de albergar los animales, con indicación de las medidas de seguridad adoptadas.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de aptitud psicológica para la tenencia de animales de estas características, expedido por psicólogo colegiado.
  • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por la cuantía mínima de 120.202,42 euros.
    • Si el solicitante está ya en posesión de un animal, deberá aportar la ficha o documento de identificación reglamentaria, la cartilla sanitaria actualizada, certificado veterinario de esterilización, en su caso, y declaración responsable de los antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales en que haya incurrido.

   Una vez obtenida la correspondiente Licencia, dentro de los 15 días siguientes deberá solicitar la inscripción en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

   La tenencia –sin licencia municipal- de animales potencialmente peligrosos constituye una infracción muy grave (art. 56, apdo. 5) de la Ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos (BORM nº 30 de 06.02.2007), sancionada con muta de 300 a 600 €.

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Instancia inscripción registro

REQUISITOS PARA POSEER ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOSwpid-atencion

¿Qué son perros potencialmente peligrosos?

1º Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU.

2º Todos los perros que NO pertenezcan a las razas anteriores pero sí cumplan todas o la mayoría de las siguientes características:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

3º Todos aquellos animales que hayan protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que muestren un carácter marcadamente agresivo. Siendo certificada tal condición por un veterinario autorizado por la autoridad competente.

¿Qué medidas de seguridad debemos tener si poseemos perros potencialmente peligrosos?

1.- Deberemos llevar en lugares públicos la copia de la licencia administrativa y de la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos.

2.- Será obligatorio el uso del bozal, en lugares públicos. Así como el uso de correa o cadena de menos de 2 metros no extensible y no pudiéndose llevar más de un perro de este tipo por persona.

3.- Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas, patios o similares deberán estar atados a no ser que se posean las pertinentes medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para proteger a las personas, o animales que se acerquen.

4.- Los criadores de estos animales deberán en todo momento disponer de las condiciones necesarias de seguridad para mantener estos animales.

5.- La sustracción o perdida de un perro potencialmente peligrosos debe notificarse por parte del titular al responsable del registro municipal de perros potencialmente peligrosos en las 48 horas posteriores a que se tenga conocimiento de estos hechos.

Perros potencialmente peligrosos
Perros potencialmente peligrosos