D. Juan Jesús Moreno García, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Mula HACE SABER:
La Inspección municipal ha puesto en conocimiento de esta Corporación la existencia en nuestro término municipal de numerosos solares y parcelas que presentan abundancia de arbusto, maleza y depósitos de residuos y basuras.

Esta situación tiene consecuencias negativas para la salubridad, el medio ambiente y ornato público, sobre todo porque con la llegada de las altas temperaturas propias de la época estival, aumenta enormemente el riesgo de incendio y de presencia de roedores.

El artículo 110 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia, impone a los propietarios de toda clase de terrenos, el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad universal y ornato público.

Asimismo, el artículo 6 de la Ordenanza Municipal de Convivencia y Seguridad Ciudadana obliga a los propietarios de terrenos, construcciones y edificios a mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público estando obligados a realizar las obras y trabajos necesarios para su conservación o rehabilitación a fin de mantener las condiciones de habitabilidad y decoro.

En atención a todo lo expuesto, con la finalidad de evitar situaciones de insalubridad y para que no se acreciente el riesgo de incendio en estas fechas, se requiere a los propietarios de parcelas y solares de este término municipal a proceder con urgencia a la limpieza y desbroce de los mismos, manteniéndolos en las debidas condiciones.

El incumplimiento de este requerimiento dará lugar a la correspondiente Orden de ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la Ley 13/2015, siendo los trabajos de limpieza, en caso de incumplimiento, ejecutados por el Ayuntamiento a costa del propietario; todo ello sin perjuicio de la apertura del correspondiente expediente sancionador.

Hacer de Mula una ciudad bella, limpia y segura es tarea de todos.

EL ALCALDE
Juan Jesús Moreno García