La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia, amplía desde el 30 de septiembre de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021, ambos incluidos, la prohibición de quemas agrícolas.

El Ayuntamiento tiene competencias en la gestión de residuos que sean exclusivamente de origen doméstico; pero no tiene competencias sobre la gestión de los restos de las podas agrícolas, por lo que no puede dar autorizaciones al respecto. La administración competente en la regulación y gestión de los restos de las podas agrícolas es la Comunidad Autónoma.

La quema de residuos vegetales agrícolas es una práctica no permitida -con carácter general- por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, únicamente queda excepcionada en el caso de tratamiento contra plagas cuya existencia debe ser determinada por el departamento de Sanidad Vegetal de la Consejería de Agricultura.