El Ayuntamiento de Mula es una Corporación Local de Régimen Común, por lo que ejerce sus competencias en las siguientes materias:

a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.

b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.

d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.

e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.

g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.

h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.

j) Protección de la salubridad pública.

k) Cementerios y actividades funerarias.

l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.

m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.

n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.

ñ) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

o) Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género.

 

Esta regulación deviene del artículo 25 de la LBRL. El concreto ejercicio de las funciones que el Ayuntamiento tiene atribuidas depende de la legislación sectorial, siendo inabarcable para un documento de esta finalidad detallarlo.

En cualquier caso, a lo anterior, hay que añadir los servicios mínimos municipales que este Ayuntamiento, de más de 5.000 habitantes pero menos de 20.000 presta ( artículo 26 LBRL):

a) En todos los Municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.

b) En los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, además: parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.

Pese a ello, el Ayuntamiento presta además el servicio de protección civil a través de la agrupación de protección civil municipal , con la que colabora económicamente, es parte del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia y , pese a la dicción de la LBRL sobre competencias de las Diputaciones en materia de coordinación, se realizan también las siguientes funciones:

a) Recogida y tratamiento de residuos. Recogida por servicio municipal directo. Tratamiento mediante contrato en licitación.

b) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales. En régimen de concesión, a través de Aqualia S.A

c) Limpieza viaria. Directamente con medios municipales.

d) Acceso a los núcleos de población. Directamente con medios municipales.

e) Pavimentación de vías urbanas. Directamente con medios municipales.

f) Alumbrado público. Directamente con medios municipales., si bien el suministro se encuentra adjudicado, tras licitación, a empresa comercializadora de energía eléctrica.

Con relación a las competencias delegadas no consta delegación expresa, si bien el Ayuntamiento realiza numerosas actuaciones en materia de empleo, lucha contra violencia doméstica ( CAVI), atención de personas mayores, etc. mediante convenio con la Administración competente ( SEF, AGE, CARM, etc.).

El Ayuntamiento también desarrolla actividades que afectan al bienestar de sus ciudadanos no expresamente previstas en las leyes, tales como:

Otorgamiento de concesiones de quioscos. Por ejemplo el ubicado en el parque Cristóbal Gabarrón.

Servicio de cine municipal, gestionado en parte por empresa mediante contrata. Ubicado en el teatro Lope de Vega, cedido por la CARM.

Otorgamiento de concesiones para restauración. En la plaza del hospital, instalaciones deportivas, etc.

Autorizaciones de uso para diversos fines. Abastos ( plaza de abastos) peluquería, etc.

El Ayuntamiento también colabora con las actividades llevadas a cabo por sus ciudadanos, a sea a través de asociaciones o de modo individual. Citamos las siguientes:

  • Subvención Cineclub Segundo de Chomon.
  • Subvenciones a estudiantes. Becas Erasmus.
  • Subvención a asociaciones de padres de alumnos.
  • Subvenciones a fiestas en pedanías.
  • Subvenciones para actividades festeras (fiestas patronales, San Isidro, carnaval, etc.)
  • Subvenciones a deportistas de Mula tanto en modalidad individual como colectiva.
  • Premio Nacional de Cuentos Ciudad de Mula Francisco Ros

Finalmente destacamos que el Ayuntamiento no solo actúa a título individual sino que en ocasiones se ha asociado con otros Ayuntamientos para la prestación de servicios mediante mancomunidades. Citamos las siguientes:

  • Mancomunidad de Servicios Sociales Río Mula.
  • Mancomunidad de Servicios Turísticos Sierra Espuña.
  • Mancomunidad Servicios Turísticos del Noroeste.
  • Mancomunidad de Canales del Taibilla
  • Consorcio de Gestión de Residuos Sólidos de la Región de Murcia
  • Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento
  • Consorcio para la Explotación de la Vía Verde 
  • Consorcio de los Pueblos del Tambor y del Bombo de España

Descarga de datos

Nota de alcance

  • Fuente principal de datos: Secretaría del Ayuntamiento de Mula
  • Periodicidad: Anual
  • Última revisión: 19 de enero de 2024

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