- Nombre: Renuncia
- Hoja informativa
- Base legal
- Formulario
- Plazos: El que reste para finalizar el procedimiento, a contar desde la presentación de la solicitud de renuncia.
La Administración aceptará de plano la renuncia, y declarará concluso el procedimiento, a excepción de lo previsto en el art 94.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Servicio: Secretaría
- Tramitación electrónica: Total
- Enlace al trámite de la Sede electrónica